Gastos de subrogación de hipoteca: cuánto cuesta cambiar de banco con la nueva ley

Subrogar tu hipoteca cuesta hoy entre 300 y 900 €: tú pagas la tasación y, como mucho, una comisión limitada por ley; la notaría, el registro y la gestoría los asume el banco. Te explicamos todos los gastos de subrogación de hipoteca, qué cambió con la nueva ley hipotecaria y la comisión que te aplica según cuándo firmaste.

Imagen de portada de Rankiateca Hipotecas sobre gastos de subrogación de hipoteca, con fondo azul claro, silueta de edificios y el título “Hipotecas”.

Con la ley hipotecaria vigente, los gastos de subrogación de hipoteca suelen situarse entre 300 y 900 € en la mayoría de los casos. Como cliente, normalmente solo asumes la tasación de la vivienda, entre 300 y 500 €, y la comisión de subrogación si aparece en tu escritura, siempre dentro de los límites legales. La notaría, el registro, la gestoría y el impuesto AJD no suponen un coste para ti: los paga el banco o están exentos.

Cambiar la hipoteca de banco es, desde 2019, una de las operaciones más baratas. Pero sigue generando dudas, sobre todo si tu hipoteca se firmó hace años y no sabes qué reglas te aplican. En este artículo te explico cuáles son los gastos de subrogación de hipoteca hoy, qué comisión te pueden cobrar según cuándo firmaste y, muy importante, qué ha cambiado entre la regulación anterior y la actual.

¿Cuáles son los gastos de subrogación de hipoteca?

La Ley 5/2019, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, dejó el reparto de gastos así de claro:

Concepto¿Quién lo paga?Importe orientativo
Tasación de la vivienda300–500 €
Nota simple del RegistroTú (si te la piden)10–30 €
Comisión de subrogaciónTú, solo si tu escritura la recoge0%–2% del capital pendiente, con topes legales
Notaría (escritura de subrogación)El banco que recibe la hipoteca0 € para ti
Registro de la PropiedadEl banco0 € para ti
GestoríaEl banco0 € para ti
Impuesto AJDNadie: la subrogación está exenta (Ley 2/1994)0 €

En total, la operación se mueve entre 300 y 900 € para la mayoría de los hipotecados: la tasación más, como mucho, una comisión limitada. Si quieres poner estos importes en contexto, conviene compararlos con los gastos habituales de una hipoteca, porque la subrogación suele ser bastante más barata que cancelar el préstamo y firmar uno nuevo. Y hay un detalle adicional que juega a tu favor: si la subrogación es para pasar de tipo variable a fijo, la propia ley establece aranceles notariales y registrales bonificados para abaratar aún más el trámite.

ConsejoConsejo

Antes de dar por hecho que pagarás comisión, abre tu escritura y búscala. La regla viene de lejos: si no se pactó comisión por amortización anticipada o subrogación, el banco no tiene derecho a cobrarte nada por este concepto. Muchas hipotecas, sobre todo las firmadas en plena guerra comercial entre bancos, no la incluyen.

Comisión de subrogación: cuánto te pueden cobrar según cuándo firmaste

Es el gasto que más confusión genera, porque no depende de la ley de hoy, sino de la que estaba en vigor cuando firmaste tu hipoteca (y de lo que diga tu escritura, que siempre puede ser más barato que el tope legal).

Fecha de firma de tu hipotecaComisión máxima por subrogación*
Antes del 27/04/20031% del capital pendiente
Del 27/04/2003 al 08/12/20070,50%
Del 09/12/2007 al 15/06/20190,50% en los 5 primeros años; 0,25% después (compensación por desistimiento, Ley 41/2007)
Desde el 16/06/2019 (Ley 5/2019)Variable: 0,25% en los 3 primeros años o 0,15% en los 5 primeros (según escritura) y 0% después. Fija: 2% los 10 primeros años y 1,5% el resto
Subrogación de variable a fija (préstamos bajo la Ley 5/2019)0,05% en los 3 primeros años y 0% después (Real Decreto-ley 19/2022)

*Topes legales sobre el capital pendiente. Tu escritura puede fijar una comisión inferior o no fijar ninguna; en las hipotecas posteriores a 2007, además, la entidad solo puede cobrar si la operación le genera una pérdida financiera. En fijas y mixtas firmadas antes de 2019 puede existir una compensación adicional por riesgo de tipo de interés: revisa tu escritura.

Traducido a euros: en una hipoteca variable de 150.000 € firmada en 2021, la comisión máxima sería de 225 € (0,15%) si tu escritura optó por el esquema de cinco años, y de 0€ si ya han pasado. En una de 2010, como mucho 375 € (0,25%).

Antes y ahora: qué cambió la nueva ley hipotecaria en la práctica

AspectoAntes de la Ley 5/2019Con la Ley 5/2019 vigente
Gastos de la operaciónEn la práctica, notaría, registro y gestoría solían cargarse al cliente mediante la cláusula de gastos.Los asume el banco que recibe la hipoteca, por obligación legal.
Decisión sobre el cambioEl banco podía igualar o mejorar la oferta del nuevo banco y obligarte a quedarte con él.El banco puede hacer una contraoferta en 15 días, pero tú decides si la aceptas o te vas.
Certificado de deudaEl banco podía retrasar la entrega del certificado de capital pendiente o poner trabas al pago.Debe entregar el certificado y aceptar el pago del nuevo banco para liquidar el préstamo.
Comisión de salidaPodía ser más alta: hasta el 1% o el 0,50%, según la fecha y el tipo de comisión aplicable.Los límites son menores: en variables, 0,25% o 0,15% durante los primeros años, y 0% después. Para pasar a tipo fijo, el máximo es del 0,05%.
Información previaHabía oferta vinculante, pero con menos garantías de transparencia para el cliente.Se entrega la FEIN vinculante, hay 10 días de reflexión y acta notarial gratuita antes de firmar.
InformaciónLa exención de 2023 y 2024, fuera de juego

Durante 2023 y 2024, para aliviar la subida del euríbor, el Gobierno suspendió temporalmente las comisiones por amortización anticipada y por paso a tipo fijo en las hipotecas variables (Real Decreto-ley 19/2022, prorrogado por el 8/2023). Esa exención total terminó el 31 de diciembre de 2024 y no se ha prorrogado: en 2026 rigen los topes generales de la tabla anterior. Lo que sí quedó con carácter permanente es la rebaja de la comisión por subrogación de variable a fija, del 0,15% al 0,05% en los tres primeros años del préstamo.

📌 Ejemplo: cuánto cuesta subrogar una hipoteca de 150.000 €

Pongamos números a un caso tipo: hipoteca variable de 150.000 € pendientes, firmada en 2021, que quieres llevarte a otro banco.

  • Tasación: 400 €.
  • Nota simple: 15 €.
  • Comisión de subrogación: 0,15% → 225 € (y 0 € si tu escritura no la recoge o ya pasaron los primeros años).
  • Notaría, registro, gestoría y AJD: 0 €.
  • Total: entre 415 y 640 €.

La otra cara de la moneda es el ahorro. Como regla rápida: por cada 50 € que rebajes tu cuota mensual, los gastos se amortizan en menos de un año. Si la mejora es de 100 €/mes (habitual al pasar de un diferencial antiguo a las ofertas actuales), recuperas la inversión en unos seis meses y todo lo demás es ahorro.

Gastos de la subrogación frente a las otras opciones de cambio

La subrogación no es el único camino para mejorar tu hipoteca, pero sí el más barato cuando implica cambiar de banco.

  • Novación hipotecaria (negociar con tu banco): es la vía sin gastos de cambio: no hay tasación nueva en muchos casos y solo pagarías la comisión de novación si tu escritura la recoge. Su límite es que dependes de lo que tu banco quiera ofrecerte.
  • Subrogación hipotecaria (cambiar de banco): tasación + comisión limitada. Entre 300 y 900 € en la mayoría de los casos.
  • Cancelar y abrir una hipoteca nueva: añade la comisión por amortización total (si existe) y los gastos de cancelación registral de la antigua, en torno a 1.000 €. Solo compensa cuando quieres cambiar cosas que la subrogación no permite, como ampliar capital, o cuando el banco de destino no trabaja la subrogación.
ConsejoConsejo

Usa la mecánica de la ley a tu favor. Consigue la mejor oferta de subrogación del mercado, deja que tu banco reciba la notificación y espera su contraoferta: si te iguala las condiciones por novación, te ahorras hasta la tasación. Y si no, te vas con quien te mejore tu oferta actual.

Preguntas frecuentes sobre los gastos de subrogación de hipoteca

Desde la Ley 5/2019, el banco que recibe la hipoteca paga notaría, registro y gestoría. El cliente asume la tasación (300–500 €) y, solo si su escritura la recoge, la comisión de subrogación dentro de los topes legales. El impuesto AJD está exento.
Entre 300 y 900 € en la mayoría de los casos. El grueso es la tasación; la comisión, cuando existe, rara vez supera unos cientos de euros gracias a los límites legales.
No. La escritura de subrogación de acreedor está exenta del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados desde la Ley 2/1994, tanto con la regulación anterior como con la actual.
Depende de la fecha de firma: hasta el 1% si es anterior a abril de 2003, hasta el 0,50% entre 2003 y 2007, y desde diciembre de 2007 la compensación por desistimiento del 0,50% (5 primeros años) o el 0,25% (después). Siempre con un límite por encima de todos: lo que diga tu escritura.
No. Solo puede presentarte una contraoferta en el plazo de 15 días naturales; el derecho de enervación que le permitía bloquear el cambio desapareció con la ley de 2019.
Entre uno y dos meses: estudio y oferta vinculante del nuevo banco, certificado de deuda, los 15 días de plazo de tu entidad y la firma ante notario. Para llegar a esa última fase sin dudas, puedes repasar los pasos para firmar una hipoteca y qué revisar antes de acudir a notaría.

Cambiar de banco nunca había sido tan barato ni había dependido tanto de ti. Si tu hipoteca se firmó con otra ley y otros tipos, dedica una tarde a pedir ofertas: con unos gastos de unos cientos de euros y la decisión final en tu mano, lo único caro de la subrogación es no planteársela.

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La TAE (Tasa Anual Equivalente) es el indicador que refleja el coste total de una hipoteca, ya que incluye el tipo de interés nominal (TIN), las comisiones y otros gastos asociados, como seguros vinculados o tasación. A diferencia del TIN, que solo refleja el interés aplicado al préstamo, la TAE permite comparar de forma homogénea distintas ofertas hipotecarias. Es importante fijarse siempre en la TAE al evaluar hipotecas, ya que dos préstamos con el mismo TIN pueden tener costes reales muy diferentes dependiendo de las condiciones y productos adicionales exigidos por cada entidad.

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